a)
De acuerdo con
el Artículo 9, Capitulo 2 del Reglamento de la UnADM, los requisitos para que
un estudiante pueda solicitar la reinscripción a las asignaturas o módulos del
semestre escolar inmediato siguiente, son los siguientes:
I.
No adeudar más
de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada
programa educativo.
II. Seguir la seriación establecida en el plan de
estudios que estén cursando;
III. Que no rebase el plazo máximo establecido
para concluir su plan de estudios previsto en el Capítulo Tercero del presente
Reglamento, y IV. Que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo
61, fracciones III, IV o V.
b)
Según el
artículo 24, Capitulo 5 del Reglamento de la UnADM, el estudiante podrá cursar
la carga académica máxima en los siguientes casos:
I.
Que haya cursado
y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los
semestres anteriores.
II. Que las asignaturas o módulos estén
disponibles para su registro en la plataforma electrónica.
c)
En otro caso,
el artículo 29, Capitulo 6 del Reglamento de la UnADM establece que las
evidencias de aprendizaje deberán ser inéditas y de la autoría de los
estudiantes, a través de los instrumentos de evaluación clasificados en
evidencias de conocimiento, desempeño y producto.
d)
El artículo
32, menciona que los estudiantes tendrán dos oportunidades para cursar cada
asignatura o módulo, la primera se considerará ordinaria y la segunda,
recursamiento.
e)
Para la descripción de las condiciones por
las que se puede causar baja por inactividad, el artículo 38, menciona que el
estudiante causará baja definitiva cuando:
I.
No se reinscriba en tres periodos académicos
consecutivos.
II. No cumpla en tiempo y forma con la entrega de la documentación prevista
en el artículo 6 del presente Reglamento o, presentando la documentación de
referencia, se determine alguna irregularidad en la misma.
En caso
de que la irregularidad consista en presentar documentos falsos o alterados, la
baja definitiva implicará que no podrá reingresar como estudiante a la
Universidad.
III.
Agote el plazo máximo para concluir los
estudios.
IV.
Reciba una sanción que así lo determine.
V. Cuando se sitúe en los demás casos previstos en el presente Reglamento.
f)
El Reglamento menciona en su artículo 45, que
los estudiantes deberán cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo
que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su
inscripción.
g)
En el Capítulo 11 del Reglamento, se establece el
articulo 58, que plasma las obligaciones de los estudiantes. Tal y como lo es
la Participación y conscientemente en el proceso
educativo como agente de su propia formación.
Además de que en
el Capítulo 12, se establece los artículos 59 al 66, en donde se mencionan las
causas de responsabilidad, tal y como, realizar las
actividades académicas a través de otra persona o mediante la presentación de
materiales que no son de su autoría, la cual es una causa que deberemos poner
especial atención.
i)
Leyendo el Código de Ética de la UnADM, observamos
que abarca distintos puntos: Respetos, Honestidad y Responsabilidad. Aquí el apartado:
“Honestidad”, hace referencia a la propiedad intelectual de otras
personas. Aquí se menciona que hay que
otorgar reconocimiento a las obras creadas por
otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben
prevalecer entre los estudiantes de la Universidad.

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